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Hay varios tipos de pensión disponibles. Si realizó aportes suficientes durante su vida laboral, a la edad de 65/67, puede tener derecho a la "Pensión estatal (contributiva)". Sin embargo, si no hizo suficientes contribuciones, puede solicitar para una "Pensión estatal (no contributiva)", que está sujeta a comprobación de recursos.
En enero de 2011, el gobierno, los empleadores y los sindicatos acordaron aumentar la edad de jubilación en dos años, de 65 a 67 años.
Pensión no contributiva: no contributiva las pensiones están dirigidas a hogares de bajos ingresos y para personas discapacitadas. Para calificar, el beneficiario no puede tener un ingreso mensual o anual igual o superior a la pensión no contributiva de € 357.70 por mes (€ 4.292 por año).
Mínimo el período de cotización es de los últimos 15 años (5,475 días) antes de cumplir 65/67. Sin embargo, para reclamar su tasa de pensión completa debe haber trabajado y contribuido con ellos durante al menos 35 años.
España tiene redes sociales arreglos de seguridad con otros países que le permiten combinar las contribuciones al seguro social que ha pagado en España con las contribuciones al seguro social que ha pagado en su país de origen (consulte cada caso específico) href = "http://www.seg-social.es/Internet_6/Masinformacion/Internacional/Conveniosbilateral/index.htm"> AQUÍ)
Para solicitar un pago de asistencia social, debe completar el formulario de solicitud correcto y devuélvalo al Departamento de Seguridad Social.
Puede encontrar más información sobre su registro de seguro social español en:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social - ref = "http://www.seg-social.es/Internet_6/Masinformacion/Internacional/Formulariosdetrabaj38626/index.htm"> Formularios para Trabajadores Transferidos
Paseo de la Castellana, 63 (28071 Madrid)
o
Calle Agustín de Betancourt, 4 (28071) Madrid)
Tel: (0034) 91 363 00 00
Página web: Empleo.gob.es
Actualizar 8/06/2018
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