Los extranjeros empleados en Polonia están obligados a contribuir a la obligatoria sistema de seguridad social, para cubrir las pensiones, enfermedad, maternidad, enfermedad y seguro de accidentes. Serán elegibles para recibir beneficios en las mismas condiciones que los nacionales polacos.
Los ciudadanos de los países de la UE que han hecho contribuciones a la seguridad social en sus países de origen serán elegibles para recibir beneficios en Polonia.
Existen las siguientes primas de la Seguridad Social deducirá de la remuneración del empleado:
- Seguros de Invalidez - 6% de la remuneración (el 4,5% pagado por el empleador, 1,5% por empleado)
- Seguro de accidentes - 0,67% a 3,60% de la retribución en función de los riesgos laborales en un determinado sector (pagado por el empleador)
- El seguro de enfermedad - 2,45% de la retribución (pago por empleado)
- Trabajo Fondo - 2,45% de la remuneración (pagado por el empleador)
- Garantizada al Fondo de Prestaciones para Empleados - 0,10% de la remuneración (pagados por empoyer)
En caso de enfermedad o maternidad, los beneficios servirán para cubrir el 80% de la media earinings para los primeros seis meses, y el 100% de los ingresos medios por un período más largo.
Fuente: http://www.paiz.gov.pl/