Es muy habitual la necesidad de obtener un visado para permanecer en tu país
de destino. Deberás solicitar el formulario y las informaciónes necesarias en
el Consulado Británico antes de partir de tu país.
No confundas consulado y embajada. La embajada es la representación del
Estado en el país extranjero y se hace cargo de las relaciones con el gobierno
del país donde está situada. El Consulado protege y administra la comunidad
de emigrados de su país. Habitualmente, debes residir como mínimo 6 meses
en el país antes de poder inscribirte. Encontrarás toda esta información en
tu consulado.
En los 27 países de la Unión Europea, un documento nacional de
identidad válido o un pasaporte bastan. No tienes que rellenar ningún documento.
En la mayoría de los casos tu empresa hará lo necesario para regularizar tu
situación.
Los 27 países de la unión europea son :: Alemania, Austria,
Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo,
Países-Bajos, Portugal, Reino-Unido y Suecia , Estonia, Letonia, Lituania, Polonia,
la República Checa, Eslovaquia, Hungría, Eslovenia, Bulgaria y Rumania
Solicitud de residencia
Las personas que llegan a españa con la intencion de quedarse, de estudiar,
de trabajar o de empezar una actividad cualquiera , tiene que, antes de hacer
nada, solicitar una tarjeta de residencia en los quinze días de su llegada a
España.
Los miembros de la comunidad europea que desean quedarse por un periodo corto
( un CDD por ejemplo) reciben una tarjeta de residencia para la duracion de
la estancia. Si es para un periodo indefinido, recibirá una tarjeta de residencia
para 5 años ( tarjeta comunitaria europea o tarjeta de residente
comunitario). Para los miembros de la familia, el periodo de estancia
es identico( los menores de 18 años estan registrados en las tarjetas de sus
padres).
Una tarjeta de no residente de la unión europea valida durante 2 años o de
la duración del contrato puede ser renovado hasta un periodo de 5 años. Una
tarjeta de residente esta automaticamente echa para todos los extranjeros que
han tenido una autorización de residencia continua durante al menos 6 años.
Las tarjetas de residentes están emitidas por los
servicios extranjeros (Oficina Gubernativa de Extranjeros)o por las Comisarías
de Policía Provincial donde resides y tienes que rellenar personalmente el formulario
en el cuartel de policía o en un cuartel de policía en la oficina de extranjeros.
Cuando estás en España, llevate tu contrato de vivienda, y dos facturas (gas/electrecidad/telefono
por ejemplo) con tu nueva dirección y vete a la Oficina de Empadronamiento para
conseguir una Alta de Residencia y un Certificado de Empadronamiento (muy útil
para los cuidados de emergencia, la entrada libre a los museos… etc).
Ciudadanía
Después de algunos años siendo residente en España (2 a 10 años respeto al
pais de donde vienes) puedes solicitar la nacionalidad española. Sin embargo,
si ya eres ciudadano europeo, lo unico que cambia, es que adquieres el pasaporte
y el derecho de votar. El sevicio público a cargo de la ciudadanía es el Ministerio
de Justicia ; y haces tu solicitud en el Registro civil.
Puede ser que tengas que renunciar a la nacionalidad de tu pais de origen, pero
es raro tener ese problema mientras no enseñas los dos pasaportes juntos.